jueves, 21 noviembre 2024

Actas de registro

Los ciudadanos griegos que viven en el extranjero tienen la obligación de dejar constancia ante la autoridad consular más cercana, de los acontecimientos más relevantes de su vida, tales como nacimientos, defunciones y matrimonios. Los que desean la emisión del acta respectiva deben presentar los certificados de las autoridades chilenas. La emisión de dichas actas debe ser dentro del primer trimestre desde la fecha de la defunción, del nacimiento o del matrimonio. De lo contrario, es posible la existencia de una multa, dependiendo de las circunstancias.

A. Acta de nacimiento

Para la redacción de esta acta por parte de la Oficina Consular de la Embajada de Grecia en Santiago, es indispensable el nacimiento del interesado dentro del territorio chileno. Deben ser presentados los siguientes documentos:

- Solicitud.

- Acta de matrimonio de los padres del solicitante, del registro municipal respectivo (en caso que haya sido celebrado en Grecia), o de la Autoridad Consular griega (en caso que haya sido celebrado en el Extranjero).

- Certificado de nacimiento legalizado en los Ministerios de Relaciones Exteriores y Justicia de Chile.

- Certificado de Inscripción Municipal y/o Certificado de Situación Familiar emitido por el Municipio competente de Grecia. Dicho certificado debe ser emitido recientemente, para contener todos los datos requeridos, después de la reforma administrativa respectiva en Grecia. En los casos que solicita acta de nacimiento de su hijo paralelamente o un poco más tarde a la emisión del acta de matrimonio, no es necesario presentar nuevamente los certificados del registro civil que se utilizaron para la emisión del acta de matrimonio. Es recomendable, ya que existen, presentar además los pasaportes griegos en vigencia y pasaportes más antiguos del o de los progenitores.

- En caso de celebrarse bautizo, el certificado puede también ser considerado.

- Es recomendable presentar el pasaporte chileno del solicitante, si este existe.

- Una (1) foto tamaño pasaporte.

Los solicitantes mayores de edad deben hacer su solicitud personalmente. Si el solicitante es menor de 18 años, uno de sus progenitores puede presentar la solicitud para la emisión de acta de nacimiento.

B. Acta de Matrimonio

Para que la Oficina Consular de la Embajada de Grecia en Santiago pueda emitir un acta de matrimonio, éste debe haber sido celebrado en Chile y deben presentarse los siguientes documentos:

- Solicitud

- Certificado de matrimonio eclesiástico (obligatorio para quienes contrajeron matrimonio antes del 18/7/1982) o por el Registro Civil. Destacamos que dicho certificado debe mencionar si se trata del primer, segundo, etc. matrimonio que contrae cada uno de los cónyuges.

- Certificado de matrimonio emitido por el Registro Civil y legalizado en los Ministerios de Relaciones Exteriores y Justicia de Chile.

- Pasaportes griegos recientes o cédula de identidad del cónyuge que tiene nacionalidad griega. Si dichos documentos no existen o no contienen todos los datos del solicitante, se requiere el certificado del Registro Municipal del Municipio en el cual el interesado está inscrito. En caso en que ambos cónyuges tengan nacionalidad griega son necesarios los pasaportes/cédulas de identidad o certificados del Registro Municipal de ambos. Los certificados del Registro Municipal tienen que haberse emitido recientemente.

C. Acta de Defunción

La condición para que la Oficina Consular de la Embajada de Grecia redacte un acta de defunción es que el fallecido sea ciudadano griego y la defunción acaecida en Chile. Deben ser presentados los siguientes documentos:

- Solicitud de un pariente o de un testigo.

- Certificado de defunción, legalizado en los Ministerios de Relaciones Exteriores y Justicia de Chile.

- Pasaporte griego del fallecido (en caso de que exista).

- Cédula de identidad griega del fallecido (en caso de que exista).

- Libreta electoral del fallecido (en caso que exista).

- Certificado médico de defunción.

Nota: Estos documentos y las leyes están sujetos a modificaciones. Se ruega contactar a la oficina consular para mayores informaciones.

Actualizado 08.07.13